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#RAEEPedia: ¿Qué son los grandes electrodomésticos?

Hace poco desde RAEE Andalucía os contábamos qué son los PAE (pequeños artículos electrodomésticos) en qué categorías se dividen y cómo nos facilitan en mayor o menor medida nuestro día a día. Pues bien, hoy es el turno de los grandes electrodomésticos.

Casi seguro que al escuchar estas palabras a todos nos vienen a la mente esos electrodomésticos que están muy presentes en nuestro día a día como el frigorífico, la lavadora, el lavavajillas o la secadora. Os vamos a contar un secreto, hay muchos más.

En la lista de productos de esta categoría tenemos a los grandes equipos refrigeradores, frigoríficos, congeladores, Otros grandes aparatos utilizados para la refrigeración, conservación y almacenamiento de alimentos, lavadoras, secadoras, lavavajillas,  cocinas, estufas eléctricas, placas de calor eléctricas, hornos de microondas, otros grandes aparatos utilizados para cocinar y en otros procesos de transformación de alimentos, aparatos de calefacción eléctricos, radiadores eléctricos, otros grandes aparatos utilizados para calentar habitaciones, camas, muebles para sentarse, ventiladores eléctricos, aparatos de aire acondicionado y otros aparatos de aireación, ventilación aspirante y aire acondicionado.

Como podéis ver la lista es bastante larga y no solo se encuentran dentro de la categoría de grandes electrodomésticos los más habituales de nuestras cocinas, también tenemos otros como los que usamos en invierno y verano para mantener calientes y frescos nuestros hogares u otros tanto que nos ayudan en la transformación de alimentos.

¿Qué hacer con ellos cuando dejan de ser útiles?

En el caso de los grandes electrodomésticos siempre nos planteamos una serie de dudas cuando llegan al fin de su ciclo útil, sobre todo cómo desprendernos de ellos. Obviamente no es lo mismo reciclar un secador de pelo que un frigorífico. ¿Qué podemos hacer? Pues bien, el  Real Decreto 110/2015 es el que marca las obligaciones y responsabilidades de todos los agentes implicados.

¿Qué hacer cuando un RAEE viene de un domicilio particular?

  • Deberán entregarlos, cuando se deshagan de ellos, para que sean gestionados correctamente. La entrega será, al menos, sin coste para el último poseedor.
  • En caso de que el usuario adquiera un nuevo producto, que sea de tipo equivalente o realice las mismas funciones que el aparato que se desecha, podrá entregarlo en el acto de la compra al distribuidor, que deberá recepcionarlo temporalmente.
  • Las entidades locales deben de crear y gestionar los puntos limpios para la recogida de los hogares de los RAEE.

¿Y cuándo no viene de un hogar?

  • El productor será responsable de la gestión de sus residuos.
  • Los productores establecerán sistemas para la recogida selectiva de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que no procedan de los hogares particulares y para que sean transportados a los centros de tratamiento autorizados

Mediante acuerdos voluntarios, las entidades locales o sus agrupaciones podrán recepcionar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos no procedentes de hogares particulares, sin coste para ellas. La recepción se realizará de manera diferenciada al resto de residuos urbanos y en la forma que establezcan las correspondientes ordenanzas municipales.